El Banco de España y la CNMV traban la investigación penal de las preferentes
Los dos reguladores responden con
evasivas a peticiones de información de la Audiencia Nacional e incluso
llegan a cuestionar su procedencia
El camino para la depuración de las
responsabilidades penales que se pudieran derivar de las sucesivas
emisiones de participaciones preferentes habidas entre 2008 y 2012 en
Bankia y en las cajas de ahorros que la integraron sigue estando lleno
de obstáculos, hasta el punto de que hoy parece más cercano el archivo
de las actuaciones que la imputación formal de algunos ex altos cargos
de esas entidades. Los últimos en entorpecer y, por ende, retrasar las
pesquisas están siendo el Banco de España (BdE) y la Comisión Nacional
del Mercado de Valores (CNMV), es decir, los dos órganos reguladores con
competencias en todo este polémico asunto.
Aunque la labor de ambos institutos ha
evidenciado claras lagunas, tachadas incluso de dejaciones conscientes
por algunas acusaciones particulares en el caso de las preferentes, la
propia Sala de lo Penal de la Audiencia ya rechazó a finales de febrero
que sus responsables anteriores, Miguel Ángel Fernández Ordoñez (BdE) y
Julio Segura (CNMV), pudieran ser imputados por ello. Según aquellos
magistrados, «no existen elementos» que permitan demostrar que
«contribuyeron consciente, voluntaria y materialmente al perjuicio de
los inversores». La Sala de lo Penal entendía entonces que tal
suposición era «incompatible» con la intervención de tales instituciones
en este caso. Sin embargo, y a la vista de lo que viene ocurriendo en
las últimas semanas, varias acusaciones particulares empiezan a tener la
sospecha de que algo se puede estar ocultando por parte del Banco de
España y la CNMV, en aras a cerrar cualquier opción de que el Estado
pudiera ser declarado responsable civil y, por extensión, tuviera que
responder de eventuales indemnizaciones.
Ambos reguladores están trabando la marcha de la
investigación que dirige Andreu, a base de responder con evasivas a
algunas de sus peticiones de documentación o dar información parcial en
otras, lo que ha llevado ya a algunos abogados a plantear una queja
formal ante el juez y pedirle que vuelva a solicitar esos datos. Así
ocurre, por ejemplo, en el caso de sendos informes correspondientes al
período comprendido entre marzo y junio de 2009, en el que las cajas que
luego formaron Bankia comercializaron hasta 3.000 millones de euros en
preferentes, una petición que la autoridad bancaria ha zanjado aportando
únicamente dos borradores en vez de los dictámenes oficiales que sí ha
entregado respecto al resto de los años.
La clave de dichos informes, según algunas
acusaciones, es que podrían evidenciar que el Banco de España permitió
las emisiones de «productos perpetuos con alto riesgo financiero» sin
mayores trabas pese a admitir por escrito las elevadas incertidumbres
que se cernían sobre el crédito de las entidades investigadas. En otros
casos, lo que hace el organismo que dirige Luis María Linde es pasarse
la pelota con el órgano que encabeza Elvira Rodríguez respecto a cuál de
ellos es el competente para responder una u otra cuestión, o bien
limitarse a ofrecer respuestas escuetas.
Advertencia al instructor
Más llamativa aún es la actitud de la CNMV, que
incluso llega a cuestionar la procedencia de los requerimientos de
información hechos desde la Audiencia Nacional. Así, en una de sus
últimas respuestas prácticamente se arroga el papel de juez al analizar
las querellas que dieron origen a este caso y advertir al instructor que
«no justificarían las peticiones formuladas». En otras ocasiones, tacha
de «excesivamente genéricas» las solicitudes de Andreu y evitan darles
respuesta.
Su última contestación ha sido revelar ahora al
juez que ha abierto sendos expedientes sancionadores a las entidades
investigadas por las preferentes -ha tardado casi cuatro años en hacerlo
tras abrir las primeras pesquisas en la primavera de 2010- y que, por
tanto, no podría facilitar muchos más datos hasta que se aclare si son
los mismos hechos ya investigados por la Audiencia y, por lo tanto, si
debería suspender su procedimiento. En la mayoría de los casos, sin
embargo, no sería necesario -el regulador se centra en los
controvertidos casos de operaciones que la jurisdicción penal ha
excluido-, a la vista de las propias resoluciones que el juez ya ha
enviado a la CNMV.
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