Condenan a Caja España a devolver 25.596 euros de preferentes y subordinadas
lainformacion.com - miércoles, 02/04/14 - 14:00
El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Cáceres ha condenado a Caja España,
integrada ahora en el Banco CEISS, a devolver 25.596 euros a dos
clientes que habían contratado participaciones preferentes y
subordinadas hasta en dos ocasiones.
Cáceres, 2 abril.- El Juzgado de Primera Instancia número 5 de
Cáceres ha condenado a Caja España, integrada ahora en el Banco CEISS, a
devolver 25.596 euros a dos clientes que habían contratado
participaciones preferentes y subordinadas hasta en dos ocasiones.
Según establece la sentencia, se anulan los dos contratos, tanto de
participaciones preferentes como de obligaciones subordinadas, que
fueron firmados en 2007 y 2008 por un matrimonio residente en Cáceres
que denunció a la entidad solicitando dicha nulidad.
De esta
forma, el juez condena a la entidad a devolver el dinero con aplicación
del interés legal devengado por las correspondientes cantidades, desde
el instante en que se materializaron las correspondientes y sucesivas
órdenes de compra, debiendo devolver la parte actora los bonos o
acciones fruto de la amortización obligatoria.
Los fundamentos de
la sentencia recogen que el dinero para la suscripción de las
subordinadas y preferentes procede de los ahorros de toda la vida,
"llevando muchos años de clientes de la entidad financiera, por lo que
tenían plena confianza en sus empleados" y que además los demandantes
"no recibieron" del banco "ninguna información".
De hecho, el único documento que se aportó en el juicio "es de otro producto diferente".
Por
otro lado, según la sentencia, el matrimonio "nunca" fue informado
"expresa y concretamente de que la amortización de las obligaciones
tenía un plazo muy largo y que las participaciones era un producto
perpetuo".
De esta forma, el juez reconoce que no se les entregó
la debida información, que "ambos documentos carecen de una información
mínima que permita saber qué es lo que estaban contratando", y que
"solo se les sometió a un test de conveniencia" por las obligaciones a
la mujer.
Fuentes de Caja España no han querido pronunciarse sobre esta sentencia.
FUENTE: efe
No hay comentarios:
Publicar un comentario