Ceiss devolverá 40.000 euros por vender preferentes a un nonagenario minusválido
El juez da la razón a los herederos del
cliente ya fallecido cuyo contrato caducaba a los 105 años l Los
familiares, «convencidos de la estafa»
J. M. S. / D. G. T.
El Banco Ceiss deberá reintegrar 40.000 euros a los herederos de un
vecino de la capital, fallecido en 2010, que superaba los 90 años de
edad y presentaba una minusvalía psíquica y sensorial del 68% en el
momento de la suscripción de participaciones preferentes y subordinadas,
que tuvo lugar en 2004 y 2006. La familia del titular del contrato ha
conocido esta semana el fallo del Juzgado número 2 de Zamora -que la
entidad condenada puede recurrir- tras interponer la pertinente demanda
el pasado año a través de la letrada zamorana Soledad Hernández
Iglesias.
La decisión judicial contra el banco formado por las
antiguas Caja España y Caja Duero recibe así un varapalo más en plena
negociación con la entidad Unicaja para completar la fusión y que, entre
otras condiciones, incluye como requisito la aceptación de un complejo
sistema de cambio de participaciones preferentes por dinero en efectivo y
acciones de la futura entidad por parte de los afectados.
Se
trata de una sentencia desfavorable, pero no una más. En primer lugar,
porque el afectado contrató estos productos cuando tenía 91 y 93 años,
afectado por una profunda minusvalía física y sensorial. Los herederos
se preguntan cómo pudo la entidad concretar la venta de preferentes y
subordinadas a un cliente de tan avanzada edad y probadamente mermado en
sus facultades. La respuesta la encontraron días atrás en las páginas
de este periódico, en las que se relataba que los empleados de Ceiss
recibían órdenes para colocar estos productos «como sea».
Al
fallecer en 2010 el afectado, su viuda y los dos hijos descubrieron en
el testamento que esta persona tenía dos contratos con Banco Ceiss. Del
documento se deducían realidades realmente sorprendentes. En el primer
caso, las preferentes carecían de caducidad por la propia naturaleza de
un producto de por vida. En cuanto a las subordinadas, el contrato se
formalizó para que se cumpliera cuando el suscriptor hubiera alcanzado
la edad de 105 años.
Una de las hijas del fallecido, M. I. I.,
inició en hombre de los herederos la pertinente demanda judicial para
reclamar el dinero a Ceiss bajo la convicción de que «se trataba de una
estafa». En medio de la fenomenal polvareda que el caso de las
preferentes ha levantado en todo el país, los familiares entendían que
su caso era «muy claro» en cuanto a la mala praxis del banco. Sin
embargo, «no las hemos tenido todas consigo hasta que no nos ha llegado
la sentencia favorable».
El fallo judicial se produce en un
momento clave para el futuro de la entidad y su fusión con Unicaja.
Semanas atrás, el Colegio de Abogados de Zamora pedía prudencia a los
demandantes, bajo la advertencia de que las demandas «no se ganan
solas». Lo cierto es que este caso reunía dos condiciones particulares
muy significativas para convencer al juez de la irregular venta de estos
productos de alto riesgo.
FUENTE: www.laopiniondezamora.es
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